Código SIA | 991683 |
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Denominación | Reconocimiento de pensiones derivadas de la guerra civil |
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Tipo de Procedimiento | Prestaciones |
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Materia | Clases Pasivas |
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Objeto | Reconocer pensiones a los familiares de los fallecidos como consecuencia de la guerra civil, y, asimismo, a los mutilados, civiles y excombatientes y sus familiares; a quienes prestaron servicios en las Fuerzas e Institutos Armados de la República alcanzando el empleo, al menos, de Sargento, y a sus familiares. |
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Órgano Responsable | Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social |
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Normativas | -
Decreto 670/1976, de 5 de marzo, de pensiones de mutilados de guerra que no pudieron integrarse en el Cuerpo de Caballeros Mutilados. BOE nº 126, de 7/4/1976.
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Ley 5/1979, de 18 de septiembre, de pensiones, asistencia médico-farmacéutica y asistencia social a familiares de fallecidos como consecuencia de la guerra civil. BOE nº 233, de 28/9/1979.
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Ley 35/1980, de 26 de junio, de pensiones a mutilados de guerra excombatientes de la zona republicana. BOE nº 165, de 10/7/1980.
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Ley 6/1982, de 29 de marzo, de retribución básica de mutilados civiles de guerra. BOE nº 80, de 3/4/1982.
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Ley 37/1984, de 22 de octubre, de reconocimiento de derechos y servicios prestados a quienes durante la guerra civil formaron parte de las Fuerzas Armadas y de Orden Público y Cuerpo de Carabineros de la República. BOE nº 262, de 1/11/1984.
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Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, B.O.E. nº 84, de 8/4/2013
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Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos BOE, nº 278, de 18/11/2009
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE nº 236, 2/10/2015.
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Forma Inicio | Interesado |
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Lugar de Presentación | Registros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas |
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Documentación | |
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Fases del Procedimiento | Presentando la solicitud debidamente cumplimentada, con la documentación necesaria, en los registros correspondientes. |
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Formularios | |
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Plazo de Resolución | 4 Mes/es |
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Órganos de Resolución | - Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
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Fin Vía | No |
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Recursos | - Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
- Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación
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Para más Información |
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