Gobierno de España. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones - Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Administración Presupuestaria

Reconocimiento de pensiones derivadas de la guerra civil

Código SIA991683
DenominaciónReconocimiento de pensiones derivadas de la guerra civil
Tipo de ProcedimientoPrestaciones
MateriaClases Pasivas
ObjetoReconocer pensiones a los familiares de los fallecidos como consecuencia de la guerra civil, y, asimismo, a los mutilados, civiles y excombatientes y sus familiares; a quienes prestaron servicios en las Fuerzas e Institutos Armados de la República alcanzando el empleo, al menos, de Sargento, y a sus familiares.
Órgano ResponsableDirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Normativas
Forma Inicio Interesado
Lugar de PresentaciónRegistros de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, de las Delegaciones de Economía y Hacienda, y cualquiera de los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación
Fases del ProcedimientoPresentando la solicitud debidamente cumplimentada, con la documentación necesaria, en los registros correspondientes.
Formularios
Plazo de Resolución4 Mes/es
Órganos de Resolución
  • Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social
Fin VíaNo
Recursos
  • Recurso de reposición potestativo previo al recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de 1 mes, ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación
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